 San Salvador, 15 de Junio del 2012.
Senores
TUTELA LEGAL DEL ARZOBISPADO
DE SAN SALVADOR,
Excelentisimo 
Andres Miranda
Excelentisimo Senor: Por este medio deseo informarle que he recibido en esta fecha el citatorio de la Fiscalia General de la Republica, caso 2012-UAF781, para ir a retirar una resolucion FINANCIERA, pero que yo telefonicamente le hable a la fiscal Lic. Migdonia Mariel Martinez de Ramirez, Coordinadora Tel 2523 7053,  diciendole que se comunique con TUTELA LEGAL DEL ARZOBISPADO DE SAN SALVADOR, que Ustedes, son mis representantes legales, por cuanto soy refugiada politica en mi propia pais, adscrita al programa CONVENIO Y PROTOCOLO DE REFUGIADOS, RESOLUCION 2198 DE LA VIGESIMO PRIMERA ASAMBLEA ANUAL DE LAS NACIONES UNIDAS, DE 1964, ARTICULO OCTAVO,  al cual estamos adscritos, vigentemente, mi esposo y yo, se trata del protocolo de Ginebra SUIZA, y es por ello y con el apoyo de la Nunciatura Salvadorena, que por preservar mi integridad fisica tanto la mia como la de mi esposo, y por ordenes de la Comision Interamericana, de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos, para preservar mi vida, no debo hacerme presente a ninguna institucion publica del Estado de El Salvador, y por cuanto estos tratados y convenios, son Leyes de la Republica, de conformidad lo manda la Constitucion Politica de El Salvador, ellos tendran que dirimir con excencion de requerimientos judiciales, dichos casos financieros o lo que sea, presentados al fiscal adjunto o al Fiscal General de la Republica de El Salvador, por existir un antecedente penal sobre el Estado de El Salvador, Caso P1312-06. Atentamente,
ARGELIA PATRICIA ANTONIA HERRERA SANDOVAL DE ZECENA
D.U.I. 
TEL.
San Salvador, 15 de Junio del 2012.
Senores
TUTELA LEGAL DEL ARZOBISPADO
DE SAN SALVADOR,
Excelentisimo 
Andres Miranda
Excelentisimo Senor: Por este medio deseo informarle que he recibido en esta fecha el citatorio de la Fiscalia General de la Republica, caso 2012-UAF781, para ir a retirar una resolucion FINANCIERA, pero que yo telefonicamente le hable a la fiscal Lic. Migdonia Mariel Martinez de Ramirez, Coordinadora Tel 2523 7053,  diciendole que se comunique con TUTELA LEGAL DEL ARZOBISPADO DE SAN SALVADOR, que Ustedes, son mis representantes legales, por cuanto soy refugiada politica en mi propia pais, adscrita al programa CONVENIO Y PROTOCOLO DE REFUGIADOS, RESOLUCION 2198 DE LA VIGESIMO PRIMERA ASAMBLEA ANUAL DE LAS NACIONES UNIDAS, DE 1964, ARTICULO OCTAVO,  al cual estamos adscritos, vigentemente, mi esposo y yo, se trata del protocolo de Ginebra SUIZA, y es por ello y con el apoyo de la Nunciatura Salvadorena, que por preservar mi integridad fisica tanto la mia como la de mi esposo, y por ordenes de la Comision Interamericana, de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos, para preservar mi vida, no debo hacerme presente a ninguna institucion publica del Estado de El Salvador, y por cuanto estos tratados y convenios, son Leyes de la Republica, de conformidad lo manda la Constitucion Politica de El Salvador, ellos tendran que dirimir con excencion de requerimientos judiciales, dichos casos financieros o lo que sea, presentados al fiscal adjunto o al Fiscal General de la Republica de El Salvador, por existir un antecedente penal sobre el Estado de El Salvador, Caso P1312-06. Atentamente,
ARGELIA PATRICIA ANTONIA HERRERA SANDOVAL DE ZECENA
D.U.I. 
TEL. 
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